Artículo 426-34. Extinción de la cuarta trebeliánica o cuota libre.

El derecho a la cuarta trebeliánica o cuota libre se extingue por renuncia expresa o tácita. Se entiende que se renuncia tácitamente si, a sabiendas de este derecho, el fiduciario o sus herederos entregan al fideicomisario la posesión de la herencia fideicomisa sin formular ninguna reserva.

art 426-34 cccat

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