La delación de la herencia es el llamamiento al heredero o legatario para aceptar o repudiar su herencia o legado, teniendo en cuenta su posición.
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Los pactos sucesorios en el Código Civil de Cataluña
El contrato o pacto sucesorio es un acto jurídico por el cual el futuro causante instituye un heredero o dispone un legado en favor de la otra parte o de un tercero. El Código Civil español prohíbe los pactos sucesorios, aunque existen algunas excepciones. En cambio, esta figura solamente se encuentra en la legislación foral.
En el Código Civil de Cataluña se reconoce como heredamiento, y su objeto es la designación de heredero en capitulaciones matrimoniales.
La vecindad civil catalana: ¿cuándo se aplica y cuáles son sus implicaciones?
La vecindad civil es el vínculo que une a un ciudadano con un determinado territorio. Hay dos tipos de vecindad civil: general y foral o especial, para los territorios donde rige el derecho foral.
La vecindad civil catalana se encuentra regulada por el Código Civil español, que en su artículo 14 determina las normas de aplicación de los regímenes jurídicos civiles coexistentes en el territorio nacional, y el Código Civil catalán, que establece este principio en su artículo 111-3.
La renuncia a la herencia en Cataluña
Para la mayoría de las personas, recibir una herencia es una excelente noticia, pero para muchos recibirla puede conllevar muchas complicaciones, sobre todo si la herencia recae en los herederos con deudas ya contraídas por el testador.
En este caso o en otros similares hay quienes renuncian a la herencia. En el Código Civil de Cataluña, en su Libro IV, que es relativo a las Sucesiones, se aclaran y establecen éstas y muchas más cuestiones.
Usufructo del cónyuge viudo en Cataluña
El usufructo es el derecho que puede tener una persona de utilizar los bienes de otra, es el derecho al disfrute y goce de un objeto o cosa ajena, siempre con el objetivo de conservar la sustancia y forma, a menos que el título de la constitución autorice a otro uso.
Si bien los derechos de sucesiones suelen ser parecidos en muchas partes de España, también es cierto que puede haber ciertas regulaciones diferentes en función de cada comunidad autónoma, como es el caso de Cataluña.
En el caso de Cataluña, la regulación que legisla el usufructo del cónyuge viudo está debidamente estipulado en el artículo 442-3, así como también en la Ley 10/2008, con fecha de 10 de julio y perteneciente al libro cuarto del Código Civil de Cataluña, específicamente al apartado de las Sucesiones.
Los legados en el derecho de sucesiones catalán
El legado es una atribución voluntaria del testador, por la cual asigna determinados bienes a ciertas personas. Por lo tanto, no puede existir el legado en sucesiones intestadas. En Cataluña, el legado está regulado por el Libro IV del Código Civil. Específicamente, le está dedicado el Capítulo VII.
El impuesto de Plusvalía Municipal por herencia
Cuando se hereda un bien o un inmueble, los españoles están obligados a pagar el impuesto de plusvalía municipal por herencia, es decir, el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).
Este tributo comprende únicamente los bienes de naturaleza urbana, por ende, las viviendas heredadas que no tengan esta calificación, como las fincas rústicas, están exentas de dicho impuesto.
La sucesión intestada: ¿quién hereda en Cataluña si no hay testamento?
La sucesión intestada o Abintestato tiene lugar cuando los bienes de un difunto deben distribuirse entre legítimos herederos, sin que este reparto haya sido resuelto en vida por el propietario.
En Cataluña, el marco jurídico que regula la materia establece los siguientes grupos de beneficiarios para este tipo de casos. A saber: hijos, viudos, progenitores, abuelos y parientes colaterales (hermanos, tíos, sobrinos o primos). Así mismo, cuando no existiesen herederos legítimos o dignos, la Generalitat de Cataluña se convierte en la beneficiaria.
Desheredar en Cataluña: ¿Cuándo es posible?
Los conflictos relacionados con herencias y sucesiones en Cataluña (y en el resto del país) son muy frecuentes. Uno de ellos es la posibilidad de desheredar en Cataluña, que existe, pero con ciertas particularidades con respecto a la normativa estatal.
La aceptación de herencia en Cataluña
La aceptación de herencia en Cataluña es el acto jurídico unilateral, por el cual una persona llamada a heredar, manifiesta su voluntad de querer ser heredero, sujetándose a las reglas determinadas por la legislación catalana.
Esta guarda algunas diferencias con las establecidas por el Código Civil español, algunas de las cuales son muy notables. Se encuentra regulada por la ley 10/2008 del 10 de julio, relativa a las sucesiones en Cataluña.