Artículo 452-2. Exclusión del derecho a la cuarta viudal.

El cónyuge viudo o el conviviente en pareja estable superviviente no tiene derecho a reclamar la cuarta viudal si, en el momento de la apertura de la sucesión, está en alguna de las situaciones reguladas por el artículo 442-6.

art 452-2 cccat

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