Artículo 461-20. Efectos de la aceptación de la herencia a beneficio de inventario.
La aceptación de la herencia a beneficio de inventario produce los siguientes efectos:
a) El heredero no responde de las obligaciones del causante ni de las cargas hereditarias con los bienes propios, sino únicamente con los bienes de la herencia.
b) Subsisten, sin extinguirse por confusión, los derechos y créditos del heredero contra la herencia, de los que puede efectuarse pago, y las obligaciones del heredero a favor de la herencia.
c) Mientras no queden completamente pagadas las deudas del causante y las cargas hereditarias, no pueden confundirse en perjuicio de los acreedores hereditarios ni del heredero los bienes de la herencia con los propios del heredero.
art 461-20 cccat
- Código Civil de Cataluña - Libro cuarto. Sucesiones
- TÍTULO VI. La adquisición de la herencia
- CAPÍTULO I. La aceptación y repudiación de la herencia
- Sección primera. Disposiciones generales
- Artículo 461-1. Ejercicio de la delación.
- Artículo 461-2. Requisitos para la aceptación y repudiación de la herencia.
- Artículo 461-3. Formas de aceptación de la herencia.
- Artículo 461-4. Aceptación expresa de la herencia.
- Artículo 461-5. Aceptación tácita de la herencia.
- Artículo 461-6. Repudiación de la herencia.
- Artículo 461-7. Repudiación de la herencia en perjuicio de los acreedores.
- Artículo 461-8. Aceptación forzosa de la herencia.
- Artículo 461-9. Capacidad para aceptar y repudiar la herencia.
- Artículo 461-10. Nulidad por falta de capacidad o vicios del consentimiento.
- Artículo 461-11. Pluralidad de llamamientos.
- Artículo 461-12. Delación e interpelación al llamado.
- Artículo 461-13. Derecho de transmisión.
- Sección segunda. La aceptación de la herencia pura y simple y a beneficio de inventario
- Sección tercera. Los efectos de la aceptación de la herencia
- Artículo 461-18. Efectos de la aceptación pura y simple.
- Artículo 461-19. Cargas hereditarias.
- Artículo 461-20. Efectos de la aceptación de la herencia a beneficio de inventario.
- Artículo 461-21. Administración de la herencia beneficiaria.
- Artículo 461-22. Concurso de la herencia.
- Sección cuarta. El beneficio de separación de patrimonios
- Sección quinta. Los bienes adquiridos por menores de edad o incapacitados
- Sección primera. Disposiciones generales
- CAPÍTULO I. La aceptación y repudiación de la herencia
- TÍTULO VI. La adquisición de la herencia