Los testamentos, las herencias y sucesiones en Cataluña se regulan, en varios aspectos, en forma diferente que en el resto de España. Estas regulaciones se encuentran en el Código Civil de Cataluña, que tiene particularidades que le son propias y que difieren del Código Civil que se aplica al resto de las Comunidades Autónomas.
El Estatuto de Autonomía catalán establece que la competencia en materia de derecho civil corresponde a la Generalitat. Se exceptúan los temas referentes a la Constitución Española.